viernes, 19 de octubre de 2012

El negocio chino en España.

Cinco preguntas, cinco y cinco respuestas, cinco; sobre el negocio chino en España.

¿Cuántos chinos hay España?
Según el INE en 2011 vivían en nuestro país 167.000 chinos, lo que supone un 2,9 por ciento del total de inmigrantes que habitan en España.  
Su destino preferido es Madrid, donde reside una cuarta parte de la población china que vive en nuestro país.
Los chinos rozan el pleno empleo, ya que el 95% está trabajando. De ellos, el 40% son autónomos o empresarios.
Estos son los datos de los que viven legalmente en España, abra que sumar un numero indeterminado de ilegales.

¿Por qué los negocios chinos son baratos?
El precio de los productos traídos de China es más bajo que los que vienen de mercados de otros países.
China es la fábrica del mundo, el 80 % de la mercancía a nivel mundial se fabrica allí, la mano de obra es muy barata.
Además a la reducción máxima en el número de intermediarios es clave para abaratar los productos.
También hay que tener en cuenta lo que algunos chinos le cuelan al fisco de España. 

¿Es cierto que los negocios chinos cuentan con privilegios fiscales?
Es totalmente falso. 
Pero ya se ha visto que hay chinos que se toman una vacaciones fiscales permanentes.

¿Cómo se financian?
La financiación se hace entre familiares o entre grupos de empresarios propios de China.
En algunos casos el método de cobro de los prestamos nos es muy amigable. 

¿En qué negocios centran su actividad? 
Los dos pilares básicos, creo yo, son los bazares y los comercios de alimentación.
A lo largo de los años hemos ido viendo como iban diversificando sus negocios. Así, de los restaurantes pasaron a los bazares, a las tiendas de alimentación, hasta llegar hoy a las tiendas de moda o peluquerías.
Les funciona porque cambiarlo. 


sábado, 13 de octubre de 2012

Anteproyecto de Reforma del Código Penal

El Gobierno aprobó el Anteproyecto de Reforma del Código Penal que incluye la prisión permanente revisable, endurece las penas contra la pornografía infantil y castiga el matrimonio forzado

La reforma del Código Penal aprobada por el Consejo de Ministros, cuya finalidad es adecuar las sanciones a las conductas que se pretende castigar y ofrecer una mayor protección a las mujeres víctimas de violencia de género y a los menores, incluye las siguientes novedades:


Matrimonio forzado
Será delito y se penará con hasta 3 años de prisión obligar a contraer matrimonio bajo intimidación.


Hostigamiento
Se castigarán con hasta 2 años de prisión actos reiterados de acecho (llamadas telefónicas continuas), aunque no se produzca violencia.


Racismo y xenofobia
Serán delito la incitación al odio o la violencia contra las minorías por razones de raza, ideología, religión o etnia y la producción o distribución de materiales para incitar esas conductas.


Prostitución y pornografía infantil
Cualquier acto sexual con menores de 13 años será delito; se penará con hasta 3 años de prisión obligar a niños de esa edad a presenciar actos sexuales; serán pornografía infantil las imágenes de menores en actos sexuales, aunque sea un montaje.


Ocultación de bienes
La ocultación de bienes para obstaculizar la ejecución de una sentencia se considerará delito.


Imágenes íntimas
Se penará con hasta un año de prisión la difusión no autorizada de grabaciones o imágenes íntimas, aunque se obtengan con el consentimiento de la víctima.


Prisión permanente revisable
Se aplicará a delitos considerados muy graves. Supone el cumplimiento íntegro de la privación de libertad durante un periodo de entre 25 y 35 años (según el número y el tipo de delito cometido). Sólo a partir de ese momento, y si cumple determinados requisitos, el reo podrá obtener la libertad condicional. Si vuelve a delinquir, volverá a ingresar en prisión.


Custodia de seguridad
Es una medida privativa de libertad que se aplicará excepcionalmente al reo que, una vez cumplida la pena que le fue impuesta, siga siendo peligroso a juicio del tribunal. Su duración máxima son diez años.


Detención ilegal
Se sancionará con penas de entre 10 y 15 años (como el homicidio) la detención ilegal con desaparición cuando el reo no dé razón de lo ocurrido con la víctima.


Libertad condicional
El penado que acceda a la libertad condicional y vuelva a delinquir ingresará de nuevo en prisión para cumplir la parte de la pena que quedó en suspenso cuando fue excarcelado.


Supresión de faltas
Con el fin de descargar los juzgados, las faltas que no merecen reproche penal desaparecerán del Código Penal y se perseguirán por la vía civil o mediante la aplicación de la Ley de Seguridad Ciudadana. Otras (como el hurto por valor inferior a 1.000 euros) se convertirán en delito leve y se castigarán con penas de multa.

Multirreincidencia
Si hurto y robo se cometen por bandas organizadas, se impondrán entre uno y 4 años de prisión.

Orden público
Sólo se castigarán los mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden público, de actos de violencia. No la convocatoria a movilizaciones.

Incendios forestales
Aumentará hasta seis años de prisión la pena para los autores de incendios forestales especialmente graves. Si afectan a espacios naturales protegidos, hasta nueve. Ya no los juzgará el Jurado.

Esterilización
Ya no será delito la practicada a personas que carezcan de aptitud para dar su consentimiento. Se realizará con autorización del juez.

Comiso ampliado
Se amplía el catálogo de delitos a cuyos autores se podrá decomisar los bienes procedentes de actividades similares a las castigadas en sentencia, pero cometidas antes. A terrorismo y crimen organizado, se añaden tráfico de drogas, abuso de menores, prostitución o blanqueo.

Administración desleal
Se castigará la gestión desleal cometia mediante abuso o deslealtad por las personas que administran el patrimonio de terceros y le causan un perjuicio o crean una situación de peligro de pérdida de dicho patrimonio. El Gobierno tiene en la cabeza casos como el de las jubilaciones millonarias, aunque existen dudas sobre si se podrá aplicar la nueva pena con carácter retroactivo.

martes, 9 de octubre de 2012

Modificación de la Ley de Costas. Proyecto de Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral.


APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN Y USO SOSTENIBLE DEL LITORAL Y DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE COSTAS
  • El nuevo texto normativo protegerá mejor el litoral frente a los excesos urbanísticos y generará confianza y mayor actividad económica.
  • Modifica la anterior Ley de Costas de 1988 para garantizar la protección y conservación y clarificar el alcance del dominio público marítimo terrestre, así como los deslindes, concesiones y usos de las costas.
  • Beneficia a quienes estaban legítimamente en el litoral, pero no supone una amnistía para las situaciones ilegales.
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley de Costas de 1988.
El nuevo texto normativo protegerá mejor el litoral frente a los excesos urbanísticos y generará confianza y mayor actividad económica, con el objetivo de ser un instrumento eficaz de protección y conservación del litoral, además de proporcionar seguridad jurídica a los ciudadanos y empresas.
Igualmente, resolverá la situación de vencimiento de las concesiones previstas en la anterior norma, de treinta años desde la ley de 1988, es decir, en 2018 con la consiguiente pérdida de los derechos de sus titulares. Así, el Gobierno pretende acabar con la indeterminación y ambigüedad existente desde hace décadas y que ha permitido la proliferación de diversas ocupaciones irregulares.
Principales modificaciones
Se define mejor el alcance del dominio público marítimo-terrestre y se aplicarán criterios estrictamente técnicos para deslindar la costa con la consiguiente seguridad jurídica para propietarios, concesionarios y usuarios.

La reforma introduce un régimen diferenciado para los tramos urbanos de las playas (las contiguas a suelos urbanizados) y para los tramos naturales de las playas (junto a espacios protegidos o suelo rural). Para éstas últimas se impondrá un nivel de protección mayor aún al ya vigente.
Con el fin de reforzar los mecanismos de protección del litoral, la Administración General del Estado tendrá la facultad de suspender en vía administrativa los actos y acuerdos adoptados por las entidades locales que afecten a la integridad del dominio público marítimo-terrestre o que supongan una infracción de las prohibiciones establecidas en la zona de servidumbre de protección, impugnando dichos acuerdos ante los Tribunales. Con ello se podrá evitar que se reproduzcan casos de construcciones ilegales.
Otra medida esencial para la protección del litoral es que se impiden nuevas edificaciones en el dominio público marítimo-terrestre y se prohíbe que las necesarias obras de mejora en los edificios existentes supongan cualquier aumento de volumen, altura o superficie.
Para conseguir una completa seguridad jurídica, se garantiza la información a los ciudadanos sobre sus propiedades y otros derechos. Para ello, los bienes del dominio público marítimo-terrestre se deben inscribir en el Registro de la Propiedad y, además, la información sobre los deslindes se tendrá desde que se inicie un nuevo deslinde. Por último todos los ciudadanos accederán vía Internet a los deslindes.
Plazo máximo de concesiones hasta 75 años
Con objeto de facilitar la viabilidad y sostenibilidad de las actividades económicas, se amplían los plazos máximos de las concesiones hasta 75 años, como hacen otras leyes como la Ley de Aguas, siempre que se trate de actividades respetuosas con el dominio público marítimo-terrestre. Con ello, se proporciona a dichas actividades un horizonte amplio de actividad e inversión, a la vez que se fomenta una mayor corresponsabilización de los concesionarios hacia la conservación de este dominio.
Ante la perspectiva del vencimiento de las concesiones vigentes a partir de 2018, se establece la posibilidad de una prórroga extraordinaria de las otorgadas antes de la entrada en vigor de la Ley de reforma por un plazo máximo de 75 años.
No obstante, no se trata de una prórroga indiscriminada, sino que en aquellos casos en los que las concesiones amparen ocupaciones para usos destinados a la industria extractiva, energética, química, petroquímica, textil y papelera será necesario un informe ambiental específico para otorgar la prórroga.

Apoyo de la Comisión Europea
La Comisión Europea, una vez conocido este nuevo texto, ha valorado muy positivamente su contenido, porque considera que dará seguridad jurídica a los europeos con propiedades inmobiliarias en el litoral español.
La reforma tiene el objetivo primordial de proteger mejor nuestro litoral frente a excesos urbanísticos y beneficiar a quienes se encontraban legítimamente en la costa; pero no es una amnistía de situaciones ilegales, porque hay diez mil viviendas en dominio público marítimo terrestre, la mayoría con un derecho anterior a la Ley de Costas de 1988. Además, sólo en 2018 expiran unas 1.100 concesiones de viviendas, lo que obligaría a su demolición.
La nueva Ley generará confianza y certidumbre para las ocupaciones y la actividad económica. Existen unas veintitrés mil ocupaciones no residenciales, muchas de ellas generadoras de un elevado volumen de empleo. De ellas, más de 1.700 son ocupaciones industriales y más de 3.000 son "chiringuitos": unos 1.300 restaurantes y 1.700 kioscos. Como ejemplo de la dimensión del empleo relacionado con este sector, se estima que sólo en Andalucía suponen más de cuarenta mil empleos.